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Poder Judicial está fallando en proteger el interés superior de los menores
16:37 domingo 19 septiembre, 2021
San LuisCon pretexto de la pandemia el Poder Judicial de San Luis Potosí está fallando en al menos dos principios jurídicos: el interés superior de los menores, y en el de la protección a las familias, debido al rezago en materia de procuración de justicia en casos de controversias familiares por alimentos, regulación de custodias y juicios por perdida de patria potestad. Durante todo el 2021, los cinco juzgados del ramo familiar de la capital del estado solo han logrado emitir tres sentencias definitivas por controversias familiar por alimentos, cuando el promedio anual de los años 2016, 2017, 2018 y 2019 era de 393 pensiones alimenticias. En lo relativo a la regulación de visitas, también solo pudieron emitir tres sentencias, en contraste con las 39 del 2019. Y en lo relativo a los juicios de perdida de patria potestad, que son más sensibles, porque muchos están relacionados con casos de violencia, se resolvieron ocho casos, mientras que, en 2019 fueron 45. Al respecto, la abogada Alejandra Ixchel Rivera Velázquez, quien lleva varios asuntos del tipo familiar aseguró existe falta de perspectiva y sensibilidad a la mayoría de los juzgadores, ya que, aunque advierten el peligro de la ruptura del vínculo paterno o materno filial no están actuando de oficio, lo cual es una de sus facultades. Manifestó que también ha fallado la perspectiva de género, lo cual deriva en violencia institucional en contra de las familias y los menores, “lejos de ser empáticos o ser sororas cuando son mujeres con mujeres, están teniendo unas conductas que dejan mucho que desear”. Aunque advirtió que también existe personal que realiza un trabajo de excelencia, como algunas tutoras adscritas a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA). El interés superior de la niñez es un principio jurídico amplio que tiene al menos dos grandes conceptos: por un lado, es un derecho que tienen todas las niñas, niños y adolescentes de ser considerados prioridad en las acciones o decisiones que les afecten en lo individual o en grupo; por otro lado, es una obligación de todas las instancias públicas y privadas tomarlo como base en las medidas que adopten e impacten a este grupo de la población.