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Estos contribuyentes tendrán un plazo de 15 días hábiles para que presenten pruebas, anexando la documentación e información que consideren pertinentes
12:31 martes 28 enero, 2020
NegociosA menos de un mes de que entró en vigor la nueva ley que persigue a empresas facturadoras con operaciones inexistentes o simuladas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público detectó 73 contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios, producir, comercializar o entregar los bienes que amparan como comprobantes. A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia dio a conocer la lista de estas empresas a las que les notificó la presunción por operaciones simuladas. Estos contribuyentes tendrán un plazo de 15 días hábiles para que presenten pruebas, anexando la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos. Si la compañía no aporta documentación en ese tiempo, se entenderá que no se desvirtuó de las operaciones simuladas, se notificará la resolución definitiva y aparecerá en un listado definitivo para que se conozca que los comprobantes fiscales emitidos no producen ni produjeron efecto fiscal alguno. La compañía que deduzca la operación de alguna de estas empresas tendrá 30 días para acreditar que efectivamente sus operaciones son reales, para corregir su situación o acreditar la operación. En caso de que se detecte que las operaciones fueron falsas o simuladas, se establecerá una multa correspondiente y se considerarán como actos o contratos simulados para efecto de los delitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación. Hacienda también publicó un listado de 74 contribuyentes a los que se les notificó un oficio de presunción de operaciones inexistentes, pero que se ampararon. La dependencia aclaró que el hecho de que los contribuyentes hayan obtenido una resolución favorable en contra del oficio por presuntamente realizar operaciones simuladas, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto de otros comprobantes fiscales que hayan emitido. La publicación de estos listados se realiza con base en la nueva facultad que el Congreso de la Unión le dio al fisco, de conformidad con el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en el que se considera como crimen organizado la emisión de facturas falsas. --
Con información de Dinero en Imagen
Foto: Pixabay