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Hace algunos días se cumplieron ocho años de que la Corte Interamericana de derechos Humanos emitió la condena para México del Caso González y Otras “Campo Algodonero” el 16 de noviembre de 2009, se trata de una sentencia que dejó por escrito las debilidades del Estado Mexicano, y que además amplió el panorama sobre la violencia estructural que se vive en contra de las mujeres.
22:33 martes 28 noviembre, 2017
ColaboradoresHace algunos días se cumplieron ocho años de que la Corte Interamericana de derechos Humanos emitió la condena para México del Caso González y Otras “Campo Algodonero” el 16 de noviembre de 2009, se trata de una sentencia que dejó por escrito las debilidades del Estado Mexicano, y que además amplió el panorama sobre la violencia estructural que se vive en contra de las mujeres. Esta sentencia recogió, observó y revisó los expedientes de tres víctimas y solicitó que se corrigieran las irregularidades en la integración de las averiguaciones previas emprendidas en la década de los años noventa y que nunca hubo resultados sobre quiénes habían cometidos crímenes en contra de mujeres. La justicia para los casos de feminicidio que se registraron en Ciudad Juárez Chihuahua, durante varias décadas estaba impune. El caso de Campo Algodonero es una sentencia que dicta la Corte Interamericana ante las violaciones de derechos humanos detectadas en las investigaciones de los delitos cometidos en contra de las Esmeralda, Laura Berenice y Claudia Ivette, fueron casos individuales, pero se trató de por lo menos 8 niñas y mujeres asesinadas y abandonados sus cuerpos en un predio que se le denomina “Campo Algodonero”. Si bien se trata de tres casos específicos, la Sentencia de la Corte va más allá pues su alcance reconoce la violencia sistemática y estructural que viven las mujeres en Ciudad Juárez, y que se da en todo México, además dicta acciones orientadas a la no repetición, lo que implica capacitación y sensibilización a los servidores públicos que atienden la impartición de justicia, la elaboración de Protocolos específicos tanto para la búsqueda de mujeres, niñas y adolescentes desaparecidas como para la investigación de los delitos de violencia y de feminicidio. Esmeralda Herrera Monreal, Laura Berenice Ramos Monárrez y Claudia Ivette González son víctimas de feminicidio y de la indolencia del Estado para evitar la justicia, las madres de estas jóvenes mujeres, ha tenido que enfrentar no solo la indolencia ante su reclamo de acceso a la justicia, sino que además el hostigamiento de parte de autoridades y el enjuiciamiento social a través de medios de comunicación. La vida después de haber vivido un delito ya no es igual, por ello la necesidad de acceder a la justicia, de alcanzar la reparación integral, que se castigue a los culpables. ¿Qué ha pasado desde entonces? En 2010 México rindió el primer informe sobre los avances en el cumplimiento de las recomendaciones emitidas en la Sentencia, cada seis meses deberá estar informando sobre los avances en cada uno de los 9 aspectos: La Corte ordenó al Estado Mexicano nueve aspectos importantes como recomendaciones para que se cumplieran en el menor tiempo posible, de ellas se han emprendido diversas acciones orientadas a generar política pública para la erradicación de la violencia contra las mujeres, sin embargo ha estado desarticulada con un hilo conductor que les oriente a la erradicación real de las violencias que siguen viviendo las mujeres en México. Las nueve recomendaciones son a) conducir eficazmente el proceso penal en curso de dichas averiguaciones previas del caso, b) como una forma de combatir la impunidad, el Estado deberá, investigar, por intermedio de las instituciones públicas competentes, a los funcionarios acusados de irregularidades y sancionarlos, c) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, en relación con los hechos del presente caso, en honor a la memoria de las jóvenes González, Herrera y Ramos; d) Levantar un monumento en memoria de las mujeres víctimas de homicidio por razones de género en Ciudad Juárez; e) estandarizar los protocolos, manuales, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia, utilizados para la investigación de los delitos relacionados con la desaparición, la violencia sexual y los homicidios de mujeres; f) dictó los parámetros para contar con protocolos de investigación de desaparición de mujeres; g) crear una página web para dar información necesaria y personal a las mujeres y niñas que desaparecieron en Chihuahua entre 1993 y que siguen desparecidas; h) Implementar y continuar con cursos permanentes de capacitación y sensibilización al personal que trabaja en las áreas de investigación, e impartición de justicia; i) como medida de rehabilitación se ordenó la atención médica, psicológica o psiquiátrica gratuita de las víctimas, si así lo desean.