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¿Valen más los derechos humanos de los grupos vulnerados más grandes? Un fraseo de la legislación electoral nos enfrenta a la pregunta
00:10 jueves 9 abril, 2026
Colaboradores
He conocido gente hetero, homo y bisexual, cis y transgénero, pero nunca a una persona no binaria. Ubico en el mundo a algunas destacadas –Sam Smith, Demi Lovato, Janelle Monáe– pero, en México, como la mayoría, sólo he tenido noticia de Jesús Ociel Baena –a quien en vida identificáramos como “le magistrade”, a la sazón del Tribunal Electoral de Aguascalientes. No sorprende cuando, según la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y Género, sólo un 0.36 por ciento de la población no se asume hombre o mujer.
No haber tenido relación con persona no binaria no me lleva, sin embargo, a reconocer menos existencia o derechos a ese pequeñísimo pero respetabilísimo grupo: por ello leí con interés lo publicado el lunes pasado en El Universal por Felipe de la Mata, magistrado electoral federal.
De la Mata refiere la impugnación presentada por una persona no binaria a unos lineamientos emitidos por el INE para el ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional que redundaron en la decisión administrativa de clasificar a estas personas en el listado correspondiente a hombres, lo que el Tribunal resolvió respaldar por considerar que “responde a una finalidad operativa que busca garantizar el funcionamiento del sistema de selección, el cual combina principios de paridad de género y evaluación por méritos”. Además, continúa, “la Sala Superior consideró que la creación de una tercera lista —específica para personas no binarias— podría generar complicaciones en los mecanismos de asignación y desempate”.
El muy moral e inteligente texto del magistrado concede que la resolución “deja abierta una discusión social y política más amplia: ¿hasta qué punto las soluciones administrativas logran acompañar el reconocimiento real de identidades diversas?”.
La pregunta apunta a un problema real, con fondo filosófico, formas lingüísticas y solución a mi juicio fácil. El objetivo es corregir una desigualdad cuyo origen reside en el mucho mayor acceso que hemos tenido los hombres cis a avenidas laborales y puestos de poder, lo que ha privado de oportunidades –que habría que garantizar ahora– no sólo a las mujeres todas sino también a hombres trans y personas no binarias. El problema estribaría, pues, en el término “paridad de género” por su origen en la muy binaria palabra “par”: quien asume paridad entre los géneros reconoce sólo dos.
A mi entender, que la legislación sustituyera “paridad de género” por “no mayoría absoluta de alguno de los géneros” resolvería el entuerto: los hombres cis ocuparían no más de la mitad de los cargos, quedando al menos la otra mitad para personas históricamente subrepresentadas por género, sin importar cual sea.
No soy sino un ciudadano (y aun un hombre cis); así, escuchar opiniones diversas y/o especializadas al respecto me interesa sobremanera.
POR NICOLÁS ALVARADO
COLABORADOR
IG y Threads: @nicolasalvaradolector