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Ha sido una ‘costumbre’ positiva que se estila en muchos países para individualizarlas e identificarlas
01:50 jueves 16 abril, 2026
San Luis
Las leyes que tienen nombre propio obedecen a casos muy concretos en los cuales se presentó una situación que motivó a su vez al Poder Legislativo a reaccionar y regular casos en particular, explicó Jorge Chessal Palau, presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, capítulo San Luis Potosí.
Dicha acción de nombrar a las leyes, dijo, es una costumbre que se estila en muchos países para individualizarlas e identificarlas. Pasa no solo con casos de una persona en concreto, sino con reformas como la 'Ley Silla', entre otras.
Además, subrayó el especialista en temas jurídicos, cumplen dos funciones: primero, visibilizar el caso concreto; segundo, facilitan la identificación o conocimiento de la norma.
En este sentido, Jorge Chessal detalló algunas:
Ley Olimpia
Obedece al caso de Olimpia Coral Melo y es una reforma que se hace al ordenamiento penal para sancionar aquel quebrantamiento de confianza cuando, por relación afectiva, se comparten imágenes con contenido íntimo con la intención de dañar, lastimar y obtener algún beneficio.
Ley Ingrid
Castiga a servidores públicos por la difusión de imágenes de la víctima o escena del crimen. Fue el caso de Ingrid Escamilla. Algunos servidores públicos tomaban fotos de las víctimas para venderlas a páginas rojas de periódicos para efecto de que periodistas acreditaran su trabajo, pese a que tenían la obligación de salvaguardar la integridad.
Ley Malena
Responde al caso de María Elena Ríos, una joven dedicada a la música que fue atacada. No obstante, lo que distingue a esta norma es que se castiga el medio empleado para la agresión: ácido arrojado al rostro. Muestra animadversión a la persona, deseo de desfigurar y ocasionar un daño permanente
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Ley Monse
Tras el caso de Montserrat Bendimes, se modifica la ley que permitía una excusa absolutoria en favor de quienes podían encubrir un delito en virtud de un vínculo familiar personal -padres no estaban obligados a declarar contra hijos, y viceversa-. Sin embargo, el delito de feminicidio se eliminó de la posibilidad de esa excusa absolutoria y, hoy, si se presenta el delito y un familiar conoce o sabe algo con lo que pueda colaborar tiene la obligación jurídica de hacerlo; de lo contrario, sería juzgado como cómplice.
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En conclusión, puntualizó Jorge Chessal, dichas modificaciones a la ley las lleva a cabo el Congreso y los estados modifican sus códigos penales para hacerlos congruentes con la legislación federal.