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La Ley de Tránsito del estado establece que las autoridades correspondientes pueden quitar, retener o suspender la licencia al conductor
23:43 sábado 16 octubre, 2021
San LuisEl pasado jueves 14 de octubre el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó modificaciones a la ley para otorgar de manera gratuita y con vigencia permanente las licencias de conducir para automovilistas, choferes del servicio particular y conductores de motocicletas. Sin embargo, cabe aclarar que en la ley del estado de San Luis Potosí se establecen situaciones en las que se puede retirar, retener o suspender la licencia de conducir al ciudadano, en los casos de pérdida total, el trámite ya tendrá un costo.
De acuerdo al artículo 44 de la Ley de Tránsito, las licencias de conducir podrán retenerse en caso de la comisión de algún delito, siempre y cuando éste se configure o mantenga estrecho vínculo con el hecho de tránsito de que se trate, y; cuando el conductor, siendo precedente de otro estado o país, no garantice el cumplimiento del pago de las infracciones en que incurra. En el artículo 45 se establece que procede la suspensión o cancelación de las licencias, únicamente por resolución judicial firme. Del mismo modo, se señala que el conductor tiene la obligación de presentar su licencia y tarjeta de circulación en caso de cometer alguna infracción; para verificar la identidad del conductor y del vehículo; en programas preventivos y operativos. En caso de retención de la licencia, de acuerdo al artículo 46, ésta deberá remitirse al departamento de tránsito; y una vez saldada la multa, deberá ser entregada al conductor. En el supuesto de que el conductor no cuente con licencia de conducir, se podrá retener la tarjeta de circulación.