Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
De aprobarse la propuesta dos testigos ciudadanos tendrían que realizar una revisión alterna de la que podrían emitir observaciones
16:06 martes 12 diciembre, 2017
San LuisAhora como parte del Sistema Estatal Anticorrupción proponen en una iniciativa de reforma la creación de la figura de dos “testigos ciudadanos”, para que sean parte de la revisión y fiscalización de las cuentas públicas, quienes estarían a cargo del Comité Coordinador del SEA. El argumento que presenta la diputada Josefina Salazar Báez, es que se pretende promover la participación ciudadana en los mecanismos de contraloría social y rendición de cuentas; y “que reafirme los principios de incorporación ciudadana a dicho Sistema” “Se busca establecer el derecho de la ciudadanía a participar, en calidad de testigos ciudadanos, en los procesos de revisión y fiscalización de cuenta pública, previa solicitud aprobada por el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción o a invitación del mismo; tratándose de un cargo honorario, que no originaría compensaciones ni pagos, y como requisitos debe tener experiencia y/o formación comprobable en el área de contaduría, y no ser un servidor público en funciones” señala la propuesta. Esta figura dependería del Comité Coordinador, debido a su atribución general concedida por el artículo 8º de la Ley local del Sistema Anticorrupción de tener bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción, y se proponen atribuciones para que este órgano pueda recibir y dictaminar las solicitudes de los interesados para ser Testigo Ciudadano en las auditorías, así como realizar invitación a los ciudadanos para desempeñarse en esa labor, y autorizar a las personas que fungirían como Testigos Ciudadanos entregando un nombramiento para ese efecto. Se contempla que haya al menos dos testigos ciudadanos en un proceso de revisión y/o fiscalización y que no puedan proceder de la misma institución u organización. “El organismo que se encuentre realizando la revisión o fiscalización, estaría obligado a cooperar con el testigo ciudadano y a facilitar su acceso a toda la información relacionada con el proceso de auditoría, siempre observando lo dispuesto por las leyes aplicables en materia de información pública, transparencia y datos personales en posesión de sujetos obligados” explica. Además indica que al finalizar el proceso cada testigo, por separado, deberá realizar y entregar un informe escrito al Comité Coordinador, donde se incluirían, si las hubiera; observaciones y/o inconsistencias observadas. El Comité entonces deberá revisar los informes y procurar lo conducente para clarificar las objeciones, o bien emitir recomendaciones de acuerdo a los artículos 59 y 60 de la misma Ley local del Sistema Anticorrupción.