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Los hechos ocurrieron antes de la legislación en la materia y la ley no es retroactiva, resuelven.
11:29 sábado 5 junio, 2021
San LuisLa Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP) en contra del candidato a la alcaldía capitalina de San Luis Potosí por los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT), Leonel Serrato Sánchez La sentencia del TEESLP determinó que Serrato Sánchez ejerció violencia política en razón de género en contra de la actual candidata a la presidencia municipal de Xilitla por la coalición Sí por San Luis Potosí, Rebeca Terán, por ende, lo sancionó con una multa económica de 22 mil pesos, recibir terapia psicología y dar aviso al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) sobre la sentencia. Lo anterior lo podría haber dejado sin la candidatura a horas de las elecciones al estar registrado como agresor por violencia política en razón de género y no cumplir con los requisitos para la candidatura, cosa que finalmente no sucedió porque la ley no es retroactiva, como el propio Leonel Serrato manifestó al presentar su impugnación. La sentencia se revocó porque los hechos ocurrieron antes de la legislación vigente en la materia, entonces la Sala Monterrey determinó que sus agresiones debieron haberse sancionado con la ley vigente cuando las agresiones se dieron en contra de Rebeca Terán en 2017 y 2018.