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Los agentes del Ministerio Público que estuvieron a cargo le indicaban que no había avances en la averiguación previa de su denuncia porque el encargado de colaboración y exhortos no había atendido
10:38 lunes 31 diciembre, 2018
San LuisPor la violación al acceso a la justicia, la Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió la recomendación 24/2018 dirigida a la Fiscalía General del Estado por actos atribuibles al Agente del Ministerio Público del Fuero Común Investigador adscrito al municipio de Tamasopo, por la omisión en la investigación penal de la Averiguación Previa, cuyo resultado fue la determinación del no ejercicio de la acción penal por prescripción.
La víctima manifestó que 3 de abril de 2013, formuló querella por hechos con apariencia de delito de lesiones por culpa en la Agencia del Ministerio Público del Municipio de Tamasopo, debido a que sufrió un accidente de tránsito del que resultó lesionado y requirió atención médica en el Hospital General de Ciudad Valles, por lo que se radicó la Averiguación Previa.
Los Agentes del Ministerio Público que estuvieron a cargo de la investigación penal le indicaban que no había avances en la integración de la Averiguación Previa debido a que el titular de la oficina de colaboración y exhortos de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado, ahora denominada Fiscalía General del Estado no había atendido la diligencia solicitada.
El 6 de septiembre de 2018, el Agente del Ministerio Público adscrito a la Mesa Única de Tramitación Común del Municipio de Tamasopo, informó que en la Averiguación Previa, era procedente determinar el no ejercicio de la acción penal por prescripción, y como consecuencia la extinción de los efectos de responsabilidad penal a favor de P1.
La CEDH pide a la fiscalía el garantizar el acceso a la Reparación del Daño de la víctima, asi como se le otorgue atención médica y psicológica especializada y en su caso, previo agote de los procedimientos que establece la Ley de Atención a Víctimas tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral
Además, la CEDH dentro de la recomendación pide que se giren instrucciones precisas a efecto de que, el Visitador General de esa Fiscalía a su digno cargo, investigue de manera pronta técnica y profesional, debiéndose desahogar sin demora, las diligencias efectivas para el debido procedimiento y pronta resolución del Procedimiento Administrativo para que se determine la responsabilidad administrativa en que pudieron haber incurrido Agentes del Ministerio Público