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En el caso del Senado, si se plantean dos fórmulas de hombres, en otro estado se deben generar 2 de mujeres, afirma la delegada que acuerdos entre partidos repercuten en otras candidaturas del país
12:41 martes 20 febrero, 2018
MéxicoSan Luis Potosí, México (20 febrero 2018).- De acuerdo a lo establecido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los partidos políticos están obligados a colocar en términos de paridad sus candidaturas indicó Ana Lilia Pérez Mendoza delegada del Instituto Nacional Electoral. Dijo que en el caso específico de las candidaturas al Senado, pueden tomar en consideración las dos fórmulas que van a registrarse, es decir que cada partido político o coalición enlisten a sus candidatos bajo el principio de paridad de género. “Si en el caso de San Luis Potosí, pone 2 fórmulas de hombres, en otra entidad federativa tendrán que poner 2 fórmulas de mujeres, ellos tendrán que definirlo (…) en su caso, a menos de que una vez que el Instituto Nacional Electoral las revise, y haga una observación, tendrán que hacer los cambios y ajustar uno a uno”. En el pasado Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática se decretó que su candidato al Senado sería José Ricardo Gallardo Cardona, ex alcalde de Soledad de Graciano Sánchez, sin embargo el Partido Acción Nacional insistió en que de acuerdo con el convenio de coalición del Frente por San Luis, les corresponde postular a hombre y al PRD una mujer, pero el documento no define el género a designar para cada partido.