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Las expresiones en contra de Mónica Rangel no fueron externados por su condición de ser mujer
18:44 martes 5 agosto, 2025
San Luis
El Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP) declaró como inexistente la violencia política de género imputada a Leonel Serrato Sánchez, excandidato a alcalde capitalino por los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), y del Trabajo (PT), por expresiones en contra de la también excandidata a la gubernatura por Morena, Mónica Rangel Martínez. El representante de Morena ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), Fernando González presentó una denuncia en contra de por presuntos actos constitutivos de violencia de género en contra de Rangel Martínez, tales como referirse a ella como “Dra. Muerte”, “Dra. Covid”, “chimiscolera”, “inmoral” y “usurpadora”, en entrevistadas dadas a medios de comunicación, así como eventos de campaña. Así como la afirmación de que la candidatura de Rangel Martínez “fue impuesta e incluso regenteada por el actual gobernador, lo cual afirmaban demeritan a la candidata a gobernadora y nulificaban la capacidad de la mujer para participar en el proceso electoral, además de descalificarla y calumniarla como actora política”. Ante lo anterior, en el proyecto del magistrado Rigoberto Garza se determinó que es inexistente la violencia política de género, en razón de que, del análisis de las manifestaciones denunciadas, se advierte que ninguna de ellas tiene su origen intrínsecamente a partir del género; esto es, no se dirigieron a Rangel Martínez, por ser mujer. “Lo anterior, toda vez no se desprende que las manifestaciones y hechos denunciados lleven consigo un impacto diferenciado, es decir, el que se le haya externado por el solo hecho de ser mujer, sino por presuntamente haber realizado una deficiente gestión de la Secretaria de Salud de Gobierno del Estado ante la pandemia generalizada del covid19”, se detalla en la sentencia.