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Mexicanos, con derecho a tener armas en su domicilio para legítima defensa

El decreto, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica en su artículo 10 que “La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”

Mexicanos, con derecho a tener armas en su domicilio para legítima defensa