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Diputados modificaron la ley para que las mujeres ya no puedan adoptar el apellido de sus esposos
18:12 viernes 25 mayo, 2018
San LuisSan Luis Potosí, México (25 mayo 2018).- El apartado del Código Civil que, hasta este jueves, permitía que las mujeres adoptaran un apellido conyugal (Por Ejemplo: Juana Pérez de García), estaba fundamentada en una cultura machista y perpetuaba la concepción de que las mujeres eran propiedad de sus maridos, consideró Urenda Queletzú Navarro Sánchez, investigadora de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), en entrevista para Imagen Informativa 103.1. Dijo que este tipo de legislaciones tienen su origen en el Derecho romano, en donde la mujer era parte del patrimonio de su esposo, por lo que el seguir teniendo esta legislación, lo único que hacía era enviar un mensaje de que las mujeres eran propiedad de alguien y no tenían derechos. Explicó que a nivel nacional se ha optado por desechar este tipo de legislaciones que hablan sobre el apellido conyugal, mientras que a nivel mundial, en algunos países el apellido del esposo desplaza al de la mujer. En el caso de San Luis Potosí ha habido algunas iniciativas para permitir que el primer apellido de los hijos no necesariamente sea el del hombre, sino que también pueda ser el de la mujer, sin embargo estas han sido rechazadas. En sesión de pleno del Congreso del Estado, efectuada este jueves, los diputados locales aprobaron una reforma al Código Civil del Estado para eliminar la posibilidad de que las mujeres adopten el apellido del marido anteponiendo la preposición “de”. La experta explicó que esta reforma de ninguna manera afecta la repartición de bienes en caso de divorcio, dado que en esos casos lo único que hay que revisar es si las personas contrajeron nupcias bajo la modalidad de bienes mancomunados o bienes separados.