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Legisladores debieron frenar reforma al Código Penal que fue impugnada por la CEDH
16:58 martes 16 enero, 2018
San Luis
Los diputados locales debieron haber identificado que las reformas al artículo 277 del Código Penal del Estado, que se efectuaron en esta legislatura y que plantean sanciones contra ciudadanos que cometan actos de “agresión o violencia” contra funcionarios públicos, podrían violentar derechos fundamentales como la libertad de expresión, con el fin de frenar la aprobación de esta ley, consideró Manuel González Matienzo, experto en temas jurídicos, en entrevista para WFM 100.1. La semana pasada, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), emitió un recurso de inconstitucionalidad en contra de esta reforma al Código Penal, al considerar que podría coartar la libertad de expresión, toda vez que una simple manifestación ciudadana podría interpretarse como un acto de “agresión o violencia” y por tanto podría ser castigado con cárcel. González Matienzo dijo que este hecho solo deja en evidencia que los diputados no revisan bien este tipo de legislaciones, mientras que la CEDH sí está haciendo su trabajo, al iniciar este tipo de procedimientos de inconstitucionalidad en contra de leyes que violentan los derechos humanos de los potosinos. Dijo que incluso esta legislación podría ser innecesaria, toda vez que ya hay consideraciones en la ley para sancionar actos en contra de funcionarios públicos, además de que en otros estados no existen legislaciones como la que se aprobó en San Luis Potosí y que fue sujeta de este recurso. Mencionó que la acción de inconstitucionalidad podría dejar sin efecto esta modificación a la ley, lo que obligaría al Congreso del Estado a revertir dicha reforma legislativa. El artículo en mención señala que “quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público o agente de la autoridad, en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión y sanción pecuniaria de cien a trescientas unidades de medida de actualización, además de lo que corresponda por el delito cometido”.