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El TEPJF avaló recurso para permitir que en juicios electorales puedan participar terceros que no están relacionados con los casos
11:07 sábado 2 junio, 2018
MéxicoEl Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que es admisible el recurso de "amicus curiae" o "amigos de la Corte" para permitir que en los juicios electorales puedan participar terceros que no están directamente relacionados con los casos. El Magistrado Felipe de la Mata destacó que ese recurso es un elemento de "justicia abierta" para transparentar la labor de los jueces y volver partícipe a la ciudadanía de la impartición de justicia. "Ahora, los jueces tenemos que abrirnos a otras formas de colaboración", planteó durante una conferencia magistral en la Universidad de Colima. "Por ejemplo, establecimos una jurisprudencia hace no muchos días, en la cual establecimos que el escrito de amigos de la corte, léase lo que en latín muy rimbombantemente se llama el 'amicus curie', es admisible en la justicia electoral, en cualquier medio de impugnación y por cualquier razón". Se trata de la jurisprudencia 8/2018, que estableció la validez de la intervención de personas ajenas a los juicios con la finalidad de allegar a los jueces mayor información para la emisión de sentencias. "El 'amicus curiae' es un instrumento que se puede presentar dentro de la tramitación de los medios de impugnación en materia electoral para allegar legislación o jurisprudencia foránea o nacional, doctrina jurídica o del contexto, y coadyuva a generar argumentos en sentencias relacionadas con el respeto, protección y garantía de derechos fundamentales o temas jurídicamente relevantes", indica la jurisprudencia. Precisa que el escrito debe ser presentado antes de la resolución del asunto y por una persona que no tenga el carácter de parte en el litigio. "(El instrumento debe tener) únicamente la finalidad o intención de aumentar el conocimiento del juzgador mediante razonamientos o información científica y jurídica, nacional e internacional, pertinente para resolver la cuestión planteada. "Aunque su contenido no es vinculante para la autoridad jurisdiccional, lo relevante es escuchar una opinión sobre aspectos de interés dentro del procedimiento y de trascendencia en la vida política y jurídica del País; por tanto, se torna una herramienta de participación ciudadana en el marco de un Estado democrático de derecho", concluye. La jurisprudencia fue aprobada por unanimidad del Pleno el 25 de abril. -- Reforma