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La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó la miscelánea fiscal 2020 que recibieron del Ejecutivo federal con 46 modificaciones en 66 artículos
16:57 miércoles 16 octubre, 2019
MéxicoLa Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la miscelánea fiscal 2020 que recibieron del Ejecutivo federal con 46 modificaciones en 66 artículos, entre los que destacan eliminar la propuesta de cobro de impuestos a la venta por catálogo y bloquear temporalmente las plataformas digitales que no paguen impuestos, como adelantó Excélsior en su edición de hoy. En sesión, las reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) y al Código Fiscal de la Federación con 18 votos a favor, de Morena y aliados; siete en contra de los cuales uno fue del PRD y seis del PAN; y cuatro abstenciones, de las cuales dos fueron del PRI y dos de MC. Durante la discusión se anunció que existen varias reservas a varios artículos del paquete, pero se acordó que las mismas serán llevadas a discusión en el pleno de la Cámara. Entre los cambios en transparencia fiscal se propuso considerar como sujetos del ISR a los socios o asociados de fondos extranjeros que inviertan en empresas mexicanas. Se hicieron ajustes a la limitación de deducción de intereses, de 10 años en lugar de 3 años; y se elimina la propuesto del Ejecutivo sobre imponer impuestos a las ventas por catálogo y se faculta al SAT para que emita reglas que faciliten el pago de impuestos. En plataformas digitales, se fija la obligación de proporcionar el RFC o ser sujetos de una retención del 20%; la entrada en vigor de las nuevas medidas en junio de 2020, en lugar de abril de 2020; y facilidad para emitir un comprobante simplificado durante 2020. En otros cambios en materia de economía digital se fija que, cuando no se identifiquen los servicios gravados de los exentos se considera que el 70% está sujeto a la tasa de IVA, y bloquear temporalmente la página de internet o aplicación en México cuando no cumpla con sus obligaciones fiscales. Además, se acordó que el bloqueo del servicio solo será dictado por el administrador general del SAT, siempre que incumpla en obligaciones de registro, designación de representante y domicilio fiscal, no presentar tres declaraciones consecutivas de pago o informativas. También la retención del 100% del IVA cuando no se proporcione el RFC a la plataforma por parte de los prestadores de servicio o por conceder el uso o goce temporal de bienes. Durante 2020 las plataformas podrán emitir un comprobante simplificado identificando la operación y el importe de la retención. En IEPS, en el impuesto a tabacos labrados se sustituye la propuesta de actualización estimada para la cuota aplicable por la inflación del periodo diciembre 2010 a diciembre 2019. En el impuesto bebidas saborizadas se sustituye la propuesta de actualización estimada para la cuota aplicable por la inflación del periodo diciembre 2018 a diciembre 2019. Dicho dictamen fue enviado al Pleno para su discusión y análisis el día de mañana; al momento, la Comisión de Hacienda hizo un receso para que los diputados estudien la Ley de Ingresos con el impacto económico de la miscelánea fiscal aprobada. Reanudarán la sesión alrededor de las 18 horas. --
Con información de Excelsior
Foto: Twitter @NoticiaCongreso