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La legislación que permite indemnización no está reglamentada y usuarios desconocen las razones de los retrasos
17:10 jueves 21 diciembre, 2017
San LuisSan Luis Potosí podría pensarse como un punto aeroportuario internacional para aprovechar la ubicación geográfica de la entidad y tiene capacidad, pues actualmente el aeropuerto opera a la quinta parte de su capacidad, admitió Jorge Chessal Palau experto en temas jurídicos. En entrevista para WFM 100.1 añadió que para esto se requeriría una inversión importante en infraestructura, aunque dijo no estar seguro de que la operadora de este aeropuerto OMA esté interesada en llevar a cabo esta inversión, por lo que el gobierno del estado tendría que llevar a cabo labor de gestión. Agregó que esto sería posible pensando en una entidad como Querétaro que cuenta con un aeropuerto que cuenta con frecuencias internacionales, pero la visión tendría que se más amplia, pues de darse esta inversión se requiere también solucionar el desplazamiento de los usuarios y actualmente utilizar la vía de conexión más importante de la ciudad implica invertir hasta 4 horas hasta Querétaro. También añadió que para que se tengan estas rutas, es necesario que a las aerolíneas les interese generar estas frecuencias, lo que tampoco sucede. Por otra parte respecto a la responsabilidad de las aerolíneas en el retraso o cancelación de vuelos, el experto en temas jurídicos resumió el problema como una falta de comunicación entre el usuario y la aerolínea. Agregó que en algunos casos los retrasos o cancelaciones dependen de las condiciones climatológicas, por causas ajenas al aeropuerto o por causas que conciernen al aeropuerto, sin embargo la materia de la reforma dada recientemente en cuanto a indemnización de usuarios afectados por estas problemáticas, es solo para los retrasos y cancelaciones que tienen que ver con la aerolínea. Detalló que aunque las indemnizaciones van desde el 7 u 8 por ciento del costo del boleto en caso de retraso de 1 a 4 horas y devolución del costo del boleto, pasajes y comidas en el caso de que el retraso supere las 4 horas pues se considera cancelación, esto no cubre lo que se pudo perder al no realizar el viaje. Explicó que aún es complicado, administrativamente hablando, ejecutar las reclamaciones, porque se carece aún de reglamentos, dado que la modificación legal es reciente y cuenta con hasta 6 meses para cumplir con esto. Apuntó además que el proceso se complica si el usuario no sabe si la demora se debió a causas climatológicas, por causas ajenas del aeropuerto o causas del aeropuerto, debido a esa falta de comunicación. Acotó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es la vía más adecuada para obtener información sobre estos temas para que en, dado caso, el usuario pueda emitir una demanda de reparación de los daños causados por los retrasos. Enunció que otra herramienta con la que cuenta la Profeco es la demanda colectiva que podría ser empleada en el reiterado comportamiento de retardo de vuelos causados por las aerolíneas, ya que mediante este mecanismo un tribunal ordenaría directamente implementar medidas que garanticen la prestación del servicio, aclaró que la desventaja de este proceso es que es largo.